Aspectos básicos de los Derecho Humanos.
Para comprender la naturaleza de
estos conceptos, es necesario remitirnos a las diversas definiciones que
existen alrededor de aquello, por lo que debemos entender a los derechos
humanos como “cualidades del ser humano, que abarcan todos los aspectos de su
vida, derivando con ello obligaciones por parte de los gobiernos, para que se
traduzcan en facultades para ejercerlos, lo cual permite que cualquier persona
pueda vivir en condiciones donde exista libertad, igualdad y respeto a la dignidad
humana”.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) nos menciona que son
el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida
humana en condiciones de plena dignidad y se definen como intrínsecos a toda
persona por el sólo hecho de pertenecer al género humano. Como podemos
analizar, los derechos humanos permiten vivir una vida sin complicaciones,
dirigida por el rumbo de nuestras decisiones sin que nadie más intervenga en la
vida del otro, o la misma.
Los derechos humanos no son más
que ideas, conceptos incorpóreos en primer momento, sin embargo, se ven materializados
en acciones. Así es como podemos asegurar la existencia de estos, de lo contrario,
resultarían ser únicamente una utopía y su concreción en el mundo real sería
casi imposible. Gracias a que hemos llegado a un acuerdo en este punto, podemos
comenzar a realizar acciones que evidencien el efecto y consecuencia que cada
derecho tiene en la vida humana.
Existen dos sujetos obligados a
respetar la esfera de los derechos humanos y garantizar el respeto y
cumplimiento de estos, surgen entonces dos tipos de relaciones, la de
ESTADO-GOBERNADO, y la de INDIVIDUOS-INDIVIDUOS. En el primer caso, el Estado
(Gobierno) tiene una relación obligatoria directa en relación con los derechos
humanos, esta obligación le conducirá a promover, respetar, proteger, y
garantizar cada derecho humano reconocido en la propia Constitución, así como
el de los Tratados Internacionales en los cuales se forme parte. El segundo
tipo de relación es aquella que existe entre particulares, en dónde por ningún
motivo se puede transgredir el derecho del otro en virtud de que se violaría el
concepto de ética, parte fundamental en la construcción de estas doctrinas.
El significado de los derechos
humanos puede verse distorsionada dependiendo de la perspectiva que se adopte,
es por ello que estos preceptos son entendidos de acuerdo con las diferentes
dimensiones: histórica, política, jurídica y ética, desde las cuales se construyen
e interpretan. Asimismo, pueden clasificarse por su contenido en: derechos civiles,
políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales y los derechos colectivos
o de los pueblos, todo lo anterior se encuentra contenido en el Sistema
Universal de Derechos Humanos, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
y en la Legislación Nacional (principalmente desarrollada en la parte dogmática
de nuestra Constitución, la cual consta de los primeros 29 artículos).
Hablar de los Derechos Humanos significa también hablar de la vida del Ser Humano en su sentido más amplio, debido a la insaciable sed de protección y seguridad personal, patrimonial, familiar, y demás, hemos organizado y construido un muro enorme que nos protege, sin embargo, hay que tener siempre en consideración que ese muro sirve para protegernos, para formar nuestro propio bienestar sin que nadie más nos interrumpa o ponga dificultades en nuestro andar, este muro jurídico, social o como lo quieran interpretar no es para conquistar a otros ni para imponer nuestra voluntad sobre los demás, porque entonces caeríamos en una paradoja negativa en dónde no queremos ser vulnerados pero a pesar de ello, vulneramos a alguien más.