Negligencia Médica
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En el área de la Salud, existen muchas complicaciones, algunas surgen de la nada y suelen ser controladas por los médicos cirujanos a cargo de la cirugía u operación que se esté realizando. Por otro lado, existen errores provocados por estos mismos médicos cirujanos, que por descuido o desconocimiento de los procedimientos quirúrgicos que realizan caen en lo que se denomina "mala praxis".
Para un mejor resultado, los hospitales suelen organizar equipos de médicos con el fin de dividir el trabajo quirúrgico y otorgar al paciente la atención óptima que merece. Éstos equipos, suelen estar organizados -groso modo- por médicos y enfermeros, los primeros pueden ser especialistas en diversas ramas, como: cardiología, endocrinología, gastroenterología, hematología, etc. Sin embargo, a pesar de existir la colaboración de diversos médicos en una operación, están expuestos a cometer errores, es decir, caer en negligencia médica.
La negligencia médica es un acto mal realizado por parte de un proveedor de asistencia sanitaria que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica y que causa alguna lesión al paciente.
Y por supuesto que tal acto produce consecuencias tanto físicas como legales, para ello vamos a entrar al análisis y exposición de la Tesis Aislada del Amparo directo 544/2018 que versa sobre éste asunto y que se encuentra disponible en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (https://www.scjn.gob.mx/). En dicha Tesis, la Corte hace una exposición detallada sobre las tres teorías empleadas para la determinación de la responsabilidad civil extracontractual por negligencia médica, tratándose de actos de equipos médicos.
Para comenzar, vamos a exponer la teoría llamada "Capitán del Barco", en ésta teoría prácticamente se hace responsable al médico que haya sido jefe del equipo que realizó tal acto, por lo tanto, éste deberá responder y asumir la responsabilidad de todos, aunque haya sido o no, el que realizó el acto culpable y dañino al paciente. La siguiente teoría, se titula "Todos por todos" y como su nombre mismo lo indica, todos los que hayan participado en el acto, son responsables y, por lo tanto, deberán asumir las consecuencias que emanen de ello. Con ésta teoría, se consagra el principio del deber recíproco de vigilancia, es decir, se asume que en toda cirugía -y con mayor razón si ésta es realizada por un equipo médico- todas las acciones son supervisadas y ejecutadas con previo análisis y autorización.
Las teorías anteriores, fueron estudiadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, misma que determinó que ninguna de aquéllas tiene una lectura o visión jurídica que permita tomar una decisión justa sobre la responsabilidad de la negligencia médica, ya que concentrar toda la responsabilidad en el jefe del equipo médico resulta ser algo abusivo, además de que éste, pueda resultar afectado, en el sentido de que responda por un daño hecho por otro miembro que no escogió para que lo acompañe en la cirugía o procedimiento. Así como tampoco es acertado el que todos respondan por todos, ya que no hay razones para que, por ejemplo, un enfermero subordinado al jefe médico responda por un acto de éste último y viceversa.
Es así como la Corte presenta la teoría más adecuada para determinar la responsabilidad civil extracontractual por negligencia médica tratándose de equipos médicos, a la llamada "Introducción a la obligación". En ésta teoría, pueden ocurrir dos casos, a saber, en la primera, se considera responsable al jefe del equipo médico cuando éste es el que introduce a otro para cumplir con sus obligaciones médicas. Así es como entra en juego la lógica jurídica y la teoría de las obligaciones, ya que se estima adecuado considerar como responsable al jefe del equipo médico, cuándo fue éste quien introdujo a cualquier miembro del equipo médico, independientemente de que su especialidad sea de autonomía científica a la suya.
Como segundo caso, se hará responsable al jefe del equipo médico, a pesar de no haber seleccionado al miembro del equipo, cuando haya tenido oportunidad, dentro del campo de su especialidad, de evitar el acto negligente, ya que es responsabilidad de quien introduce a otro a un equipo médico de elegir a los especialistas más preparados y eficaces en su especialidad. Esa incorrecta selección del personal por parte de quién introdujo al negligente no puede quedar impune.
Es así como la Corte en ésta tesis aislada, nos abre un panorama mucho más amplio para determinar al responsable de alguna negligencia médica, ya que en múltiples ocasiones caemos en señalar a cualquier médico que nosotros creemos es el responsable, sin embargo, a la vista del derecho resulta no ser así.